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PENA DE MUERTE-CUBA: Una condena difícil de extirpar
Por Patricia Grogg

LA HABANA, 10 abr (IPS) - Una nueva moratoria de hecho en la aplicación de la pena de muerte en Cuba, luego de las tres últimas ejecuciones de 2003, no parece marcar, empero, que esté cercana la desaparición de esa condena del ordenamiento legal de este país.

Este martes se cumplen tres años de la aplicación de la pena capital a tres secuestradores de una embarcación con decenas de pasajeros a bordo, entre ellos cuatro turistas extranjeras, tras un juicio sumarísimo que involucró en total a 11 personas.

El grupo pretendía emigrar a Estados Unidos y mantuvo la nave en su poder, bajo amenaza de asesinar a pasajeros que mantenía como rehenes, el 2 y el 3 de abril de 2003. Todos fueron enjuiciados por delitos previstos en la ley 93 contra Actos de Terrorismo, promulgada el 24 de diciembre de 2001.

Pero las ejecuciones de los tres secuestradores provocaron una reacción adversa, inclusive entre personalidades internacionales afines al gobierno cubano de Fidel Castro y dentro del país, donde la pena de muerte suele ser aceptada con cierta naturalidad para castigar delitos graves como asesinatos o la violación de menores.

El propio mandatario reconoció, días después, el costo político de la drástica medida con la que se intentaba frenar una cadena de secuestros de naves aéreas y marítimas para desviarlas hacia Estados Unidos, meta principal de la emigración cubana.

Nos "dolía de antemano lastimar a muchos de nuestros amigos y a un gran número de personas en el mundo, cuya sensibilidad por motivos de carácter religioso, humanista, filosófico, con relación a la pena de muerte, conocemos perfectamente bien y que, en muchos aspectos, nosotros mismos compartimos", dijo Castro ante las cámaras de la televisión.

Entre las personalidades que reaccionaron en contra de las ejecuciones figuraron el escritor uruguayo Eduardo Galeano y el novelista portugués José Saramago, premio Nobel de Literatura, quien en ese momento se desmarcó de la Revolución Cubana.

Sin embargo, Saramago aclaró, en entrevista publicada por el diario cubano Juventud Rebelde seis meses después, que no había "roto con Cuba". "Sigo siendo amigo de Cuba, pero me reservo el derecho de decir lo que pienso, y decirlo cuando entienda que debo decirlo", añadió. En junio de 2005, el escritor visitó La Habana invitado por el Ministerio de Cultura.

Esas ejecuciones rompieron la moratoria de hecho de la pena de muerte que había impuesto Cuba desde 2000, en sintonía con el llamamiento hecho en tal sentido y ese mismo año por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a sugerencia del secretario general del foro mundial, Kofi Annan.

Posteriormente, a mediados de noviembre de 2001, Castro señaló públicamente que un grupo de juristas analizaba alternativas a esa condena.

"Tenemos otras ideas que nos permitirán un día, y por nuestra propia decisión, abolir la pena capital. Y no por tener más amigos o menos amigos, sino porque queremos conocer a los seres humanos", dijo el gobernante en esa ocasión.

En referencia pública al tema años antes, el mandatario cubano comentó durante la Cumbre de la Tierra, celebrada en 1992 en Brasil, que su gobierno estaba dispuesto a firmar un tratado multilateral de abolición, pero no individualmente, pues "es un recurso de lucha contra los que intentan destruir el país".

La pena capital está contemplada en el código penal cubano para numerosos delitos en sus casos más agravados, aunque "no puede imponerse a los menores de 20 años de edad ni a las mujeres que cometieron el delito estando en cinta (embarazada) o que lo estén al momento de dictarse la sentencia".

Al mismo tiempo, la legislación nacional establece la apelación de oficio al Tribunal Supremo de la República, el cual deberá confirmar o no la sentencia. En caso de corroborarla, pasa a aprobación definitiva del Consejo de Estado (máximo órgano de gobierno) que dice la última palabra.

En la práctica, esta sanción no ha sido aplicada a mujer alguna desde 1959, cuando volvió al entramado jurídico y luego a la Constitución Socialista de 1976. La Carta Magna de 1940, vigente en Cuba a la llegada de Castro al poder, prohibía, en su artículo 25, imponer la pena muerte.

Sin embargo, exceptuaba de esa restricción a "los miembros de las Fuerzas Armadas por delitos de carácter militar y las personas culpables de traición o de espionaje a favor del enemigo en tiempo de guerra con nación extranjera".

En la actualidad, el gobierno alega que esa condena es de "carácter excepcional" y se mantiene en la legislación como un arma jurídica de Cuba para su defensa, tanto de agresiones externas, como de eventuales actividades internas encaminadas a destruir el Estado y para proteger a la población de los crímenes más execrables.

"La posible abolición de la pena de muerte en Cuba estaría vinculada al cese de la política de hostilidad, terrorismo y guerra económica, comercial y financiera, a la que es sometido su pueblo, desde hace más de 40 años por parte de Estados Unidos", señaló la cancillería en nota verbal de 2004 al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

En el ámbito de los delitos contra la vida y la integridad corporal, el Código Penal cubano establece sentencia máxima para casos de asesinato, violación, pederastia con violencia, robo con violencia e intimidación en las personas y crímenes con agravantes de corrupción.

En su artículo 2, ese cuerpo legislativo establece la pena de muerte para delitos contra la seguridad exterior del país, entre ellos actos contra la independencia o la integridad territorial del Estado, promoción de acción armada contra Cuba, el servicio armado contra el Estado, ayuda al enemigo y espionaje.

En el capítulo II, referido a delitos contra la seguridad interior del Estado, está prevista para rebelión, sedición, infracción de los deberes de resistencia, usurpación del mando político o militar, sabotaje y terrorismo, entre otros.

En febrero de 1999, una reforma del Código Penal introdujo prisión perpetua para usarla como alternativa a la pena de muerte.

"En este momento hay cerca de medio centenar de personas sentenciadas o expuestas a la pena capital", señaló a IPS Elizardo Sánchez, presidente de la opositora Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional, una organización sin estatus legal, aunque tolerada por el gobierno.

Su registro incluye a los salvadoreños Raúl Ernesto Cruz León y Otto René Rodríguez Llerena, sentenciados a pena de muerte por terrorismo en 1998, y cuyos casos aún se encuentran pendientes de apelación ante el Tribunal Supremo.

Cruz León y Rodríguez Llerena estuvieron involucrados en varios atentados con bombas contra instalaciones turísticas de Cuba, uno de los cuales costó la vida al joven italiano Fabio Di Celmo.

Tampoco se ha cumplido la ejecución de Humberto Eladio Real Suárez, quien fue arrestado el 15 de octubre de 1994 tras desembarcar en la isla y asesinar a una persona y robarle su automóvil. Fue enjuiciado por actos contra la seguridad del Estado, asesinato y disparo de armas de fuego.

En el pasado se advierten algunos momentos de máxima tensión por la aplicación de condenas a muerte. Inmediatamente después de la caída en 1959 de Fulgencio Batista, fueron fusilados los funcionarios y militares que fueron imputados de crímenes cometidos en esa dictadura.

En años subsiguientes, ya en la década del 60, muchos adversarios del proceso comandado por Castro que se alzaron en armas en la Sierra del Escambray, en la región central del país, también recibieron la sentencia máxima.

En 1989, el juicio a un grupo de oficiales de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Ministerio del Interior, involucrados en casos de corrupción y tráfico de drogas, concluyó con la ejecución de Arnaldo Ochoa, Jorge Martínez Valdés, Antonio de la Guardia y Amado Padrón.

El gobierno cubano no publica estadísticas oficiales sobre su población penal, condenados a muerte ni ejecuciones. Sin embargo, Sánchez aseguró que la cantidad de fusilados entre 1959 y 2003 oscila entre 5.000 y 6.000 personas, "en su mayoría por los llamados delitos contra el Estado u otros de connotación política".

Según documentos de la Organización de las Naciones Unidas citados por la cancillería cubana, hasta el 31 de diciembre de 2003 existían 66 países y territorios que retenían la pena de muerte como sanción para diversos tipos de delitos y 77 que la habían abolido totalmente.

Otras 15 naciones la habían eliminado únicamente para los delitos comunes, en tanto 37 estados podían considerarse abolicionistas de facto, pues aunque mantenían la pena capital en su legislación nacional, no la aplicaban. (FIN/2006)

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