PENA DE MUERTE-CUBA: Una condena difícil de extirpar Por Patricia GroggLA HABANA, 10 abr (IPS) - Una nueva moratoria de
hecho en la aplicación de la pena de muerte en
Cuba, luego de las tres últimas ejecuciones de
2003, no parece marcar, empero, que esté cercana
la desaparición de esa condena del ordenamiento legal de este país.
Este martes se cumplen tres años de la
aplicación de la pena capital a tres
secuestradores de una embarcación con decenas de
pasajeros a bordo, entre ellos cuatro turistas
extranjeras, tras un juicio sumarísimo que involucró en total a 11 personas.
El grupo pretendía emigrar a Estados Unidos y
mantuvo la nave en su poder, bajo amenaza de
asesinar a pasajeros que mantenía como rehenes,
el 2 y el 3 de abril de 2003. Todos fueron
enjuiciados por delitos previstos en la ley 93
contra Actos de Terrorismo, promulgada el 24 de diciembre de 2001.
Pero las ejecuciones de los tres
secuestradores provocaron una reacción adversa,
inclusive entre personalidades internacionales
afines al gobierno cubano de Fidel Castro y
dentro del país, donde la pena de muerte suele
ser aceptada con cierta naturalidad para castigar
delitos graves como asesinatos o la violación de menores.
El propio mandatario reconoció, días después,
el costo político de la drástica medida con la
que se intentaba frenar una cadena de secuestros
de naves aéreas y marítimas para desviarlas hacia
Estados Unidos, meta principal de la emigración cubana.
Nos "dolía de antemano lastimar a muchos de
nuestros amigos y a un gran número de personas en
el mundo, cuya sensibilidad por motivos de
carácter religioso, humanista, filosófico, con
relación a la pena de muerte, conocemos
perfectamente bien y que, en muchos aspectos,
nosotros mismos compartimos", dijo Castro ante las cámaras de la televisión.
Entre las personalidades que reaccionaron en
contra de las ejecuciones figuraron el escritor
uruguayo Eduardo Galeano y el novelista portugués
José Saramago, premio Nobel de Literatura, quien
en ese momento se desmarcó de la Revolución Cubana.
Sin embargo, Saramago aclaró, en entrevista
publicada por el diario cubano Juventud Rebelde
seis meses después, que no había "roto con Cuba".
"Sigo siendo amigo de Cuba, pero me reservo el
derecho de decir lo que pienso, y decirlo cuando
entienda que debo decirlo", añadió. En junio de
2005, el escritor visitó La Habana invitado por el Ministerio de Cultura.
Esas ejecuciones rompieron la moratoria de
hecho de la pena de muerte que había impuesto
Cuba desde 2000, en sintonía con el llamamiento
hecho en tal sentido y ese mismo año por el Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos, a sugerencia del secretario
general del foro mundial, Kofi Annan.
Posteriormente, a mediados de noviembre de
2001, Castro señaló públicamente que un grupo de
juristas analizaba alternativas a esa condena.
"Tenemos otras ideas que nos permitirán un
día, y por nuestra propia decisión, abolir la
pena capital. Y no por tener más amigos o menos
amigos, sino porque queremos conocer a los seres
humanos", dijo el gobernante en esa ocasión.
En referencia pública al tema años antes, el
mandatario cubano comentó durante la Cumbre de la
Tierra, celebrada en 1992 en Brasil, que su
gobierno estaba dispuesto a firmar un tratado
multilateral de abolición, pero no
individualmente, pues "es un recurso de lucha
contra los que intentan destruir el país".
La pena capital está contemplada en el código
penal cubano para numerosos delitos en sus casos
más agravados, aunque "no puede imponerse a los
menores de 20 años de edad ni a las mujeres que
cometieron el delito estando en cinta
(embarazada) o que lo estén al momento de dictarse la sentencia".
Al mismo tiempo, la legislación nacional
establece la apelación de oficio al Tribunal
Supremo de la República, el cual deberá confirmar
o no la sentencia. En caso de corroborarla, pasa
a aprobación definitiva del Consejo de Estado
(máximo órgano de gobierno) que dice la última palabra.
En la práctica, esta sanción no ha sido
aplicada a mujer alguna desde 1959, cuando volvió
al entramado jurídico y luego a la Constitución
Socialista de 1976. La Carta Magna de 1940,
vigente en Cuba a la llegada de Castro al poder,
prohibía, en su artículo 25, imponer la pena muerte.
Sin embargo, exceptuaba de esa restricción a
"los miembros de las Fuerzas Armadas por delitos
de carácter militar y las personas culpables de
traición o de espionaje a favor del enemigo en
tiempo de guerra con nación extranjera".
En la actualidad, el gobierno alega que esa
condena es de "carácter excepcional" y se
mantiene en la legislación como un arma jurídica
de Cuba para su defensa, tanto de agresiones
externas, como de eventuales actividades internas
encaminadas a destruir el Estado y para proteger
a la población de los crímenes más execrables.
"La posible abolición de la pena de muerte en
Cuba estaría vinculada al cese de la política de
hostilidad, terrorismo y guerra económica,
comercial y financiera, a la que es sometido su
pueblo, desde hace más de 40 años por parte de
Estados Unidos", señaló la cancillería en nota
verbal de 2004 al Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
En el ámbito de los delitos contra la vida y
la integridad corporal, el Código Penal cubano
establece sentencia máxima para casos de
asesinato, violación, pederastia con violencia,
robo con violencia e intimidación en las personas
y crímenes con agravantes de corrupción.
En su artículo 2, ese cuerpo legislativo
establece la pena de muerte para delitos contra
la seguridad exterior del país, entre ellos actos
contra la independencia o la integridad
territorial del Estado, promoción de acción
armada contra Cuba, el servicio armado contra el
Estado, ayuda al enemigo y espionaje.
En el capítulo II, referido a delitos contra
la seguridad interior del Estado, está prevista
para rebelión, sedición, infracción de los
deberes de resistencia, usurpación del mando
político o militar, sabotaje y terrorismo, entre otros.
En febrero de 1999, una reforma del Código
Penal introdujo prisión perpetua para usarla como
alternativa a la pena de muerte.
"En este momento hay cerca de medio centenar
de personas sentenciadas o expuestas a la pena
capital", señaló a IPS Elizardo Sánchez,
presidente de la opositora Comisión Cubana de
Derechos Humanos y Reconciliación Nacional, una
organización sin estatus legal, aunque tolerada por el gobierno.
Su registro incluye a los salvadoreños Raúl
Ernesto Cruz León y Otto René Rodríguez Llerena,
sentenciados a pena de muerte por terrorismo en
1998, y cuyos casos aún se encuentran pendientes
de apelación ante el Tribunal Supremo.
Cruz León y Rodríguez Llerena estuvieron
involucrados en varios atentados con bombas
contra instalaciones turísticas de Cuba, uno de
los cuales costó la vida al joven italiano Fabio Di Celmo.
Tampoco se ha cumplido la ejecución de
Humberto Eladio Real Suárez, quien fue arrestado
el 15 de octubre de 1994 tras desembarcar en la
isla y asesinar a una persona y robarle su
automóvil. Fue enjuiciado por actos contra la
seguridad del Estado, asesinato y disparo de armas de fuego.
En el pasado se advierten algunos momentos de
máxima tensión por la aplicación de condenas a
muerte. Inmediatamente después de la caída en
1959 de Fulgencio Batista, fueron fusilados los
funcionarios y militares que fueron imputados de
crímenes cometidos en esa dictadura.
En años subsiguientes, ya en la década del
60, muchos adversarios del proceso comandado por
Castro que se alzaron en armas en la Sierra del
Escambray, en la región central del país, también
recibieron la sentencia máxima.
En 1989, el juicio a un grupo de oficiales de
las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el
Ministerio del Interior, involucrados en casos de
corrupción y tráfico de drogas, concluyó con la
ejecución de Arnaldo Ochoa, Jorge Martínez
Valdés, Antonio de la Guardia y Amado Padrón.
El gobierno cubano no publica estadísticas
oficiales sobre su población penal, condenados a
muerte ni ejecuciones. Sin embargo, Sánchez
aseguró que la cantidad de fusilados entre 1959 y
2003 oscila entre 5.000 y 6.000 personas, "en su
mayoría por los llamados delitos contra el Estado
u otros de connotación política".
Según documentos de la Organización de las
Naciones Unidas citados por la cancillería
cubana, hasta el 31 de diciembre de 2003 existían
66 países y territorios que retenían la pena de
muerte como sanción para diversos tipos de
delitos y 77 que la habían abolido totalmente.
Otras 15 naciones la habían eliminado
únicamente para los delitos comunes, en tanto 37
estados podían considerarse abolicionistas de
facto, pues aunque mantenían la pena capital en
su legislación nacional, no la aplicaban.
(FIN/2006) Envíe sus comentarios al editor |